Un tribunal colegiado confirmó la resolución de una juez de distrito que ordenó a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión convocar a un periodo extraordinario de sesiones en el Senado de la República para designar a uno de los tres comisionados pendientes del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Por unanimidad, el Segundo Tribunal Colegiado en materia Administrativa declaró infundados los recursos de queja que interpusieron la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) de la Cámara Alta y la Comisión Permanente para impugnar el fallo de Celina Quintero Rico, titular del Juzgado Décimo Séptimo de Distrito en materia Administrativa.
El magistrado Humberto Suárez Camacho, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución, argumentó que la jueza no se excedió en sus atribuciones, y que fue correcto conceder la suspensión ante la omisión del Senado para hacer el nombramiento de un comisionado del INAI.
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“Era correcto que la juez concediera la suspensión respecto de un acto omisivo, puesto que ya la jurisprudencia de la Corte ha evolucionado y es permisible otorgar la suspensión contra actos omisivos con efectos que pudiesen ser restitutorios, por lo que puede darse un adelanto de los efectos de la concesión del amparo. Por otro lado, se considera que tampoco le asiste la razón a la recurrente cuando manifiesta que la jueza de distrito se excedió en las atribuciones al momento de dictar el auto recurrido”.
Con el fallo del tribunal, la JUCOPO tiene un plazo de tres días para elaborar la propuesta de los candidatos al puesto de comisionado del INAI por lo que hace a la segunda vacante, tras lo cual la Comisión Permanente contará con un plazo de tres días para publicar la convocatoria para el periodo extraordinario.
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El nombramiento de uno de los tres comisionados faltantes permitiría al INAI reanudar sus sesiones.