El Primer Tribunal Colegiado en materia Penal le negó el amparo a Karime Macías Tubilla con el que buscaba que el gobierno de México cesara en su intención de requerir su extradición al gobierno del Reino Unido para ponerla a disposición del juez de Veracruz que la requiere para ser juzgada por el delito de fraude específico cometido en agravio del gobierno de Veracruz.
La exesposa de Javier Duarte señaló como acto reclamado la omisión de informar a las autoridades en el Reino Unido e Irlanda, sobre la prescripción de la acción penal sobre la imputación que existe en su contra.
No obstante, los magistrados consideraron infundados los agravios de Macías Tubilla, ya que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), la Fiscalía General de la República (FGR) y la Fiscalía de Veracruz probaron que “no tenían esa obligación porque la orden de aprehensión seguía vigente y estaban supeditadas a seguir la resolución judicial que resolvió que no estaba prescrita, en la medida en la que se interrumpió”.
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Del mismo modo, el tribunal resolvió que los oficios que envió la Cancillería para continuar con el proceso de extradición, son constitucionales y no violan algún derecho fundamental en perjuicio de Karime Macías, porque son comunicaciones que se generaron como consecuencia directa de su primera solicitud de 15 de septiembre de 2021 y tuvieron por objeto que la SRE estuviera informada de si, en efecto, había alguna determinación respecto de la prescripción.