La Cámara de Diputados, en sesión presencial, prevé aprobar la reforma a los artículos 38 y 102 de la Constitución, que impedirá a personas sentenciadas por violencia contra las mujeres y deudores alimentarios morosos, asumir cargos de representación popular o en el servicio público.
Las modificaciones identificadas como el “3 de 3 contra la violencia”, implicarán la suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público.
El dictamen publicado en la Gaceta Parlamentaria tendrá trámite de declaratoria de publicidad en la primera de las dos sesiones ordinarias que se llevarán a cabo este jueves 30 de marzo, en San Lázaro.
Será sometido a discusión durante la segunda sesión del día, en la que también se prevén desahogar otras reformas constitucionales.
No a los agresores en el servicio público
El dictamen señala que el artículo 38 de la Constitución establecerá la suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público, a quien tenga sentencia firme por delitos contra las mujeres, lo cual incluye distintos tipos de violencia.
Entre estos, delitos contra la vida y la integridad corporal, la libertad y seguridad sexuales y el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual, y violencia política contra las mujeres por razón de género.
También, por ser declarado persona deudora alimentaria morosa.
En esos casos, la persona no podrá ser registrada como candidata a cualquier cargo de elección popular ni ser nombrada para cualquier empleo, cargo o comisión en el servicio público.
En el artículo 102, indica que la persona titular de la Fiscalía General de la República (FGR), tendrá que cumplir el requisito de no haber sido condenado por delito doloso, y gozar de buena reputación.