SOCIEDAD

Pensión IMSS: ¿Qué es la incapacidad permanente y cómo solicitarla?

Un punto importante es que no todos los trabajadores pueden pedirla sólo porque sí, pues los candidatos a esta pensión son aquellos que sufrieron un accidente o enfermedad en ejercicio o con motivo de su trabajo. 

Persona contando billetes.
Persona contando billetes.Créditos: Cuartoscuro
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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece a los trabajadores afiliados que lo requieran una pensión de incapacidad permanente; y aquí te contamos la manera en que puedes solicitarla. 

¿Quién puede solicitarla? 

Un punto importante es que no todos los trabajadores pueden pedirla sólo porque sí, pues los candidatos a esta pensión son aquellos que sufrieron un accidente o enfermedad en ejercicio o con motivo de su trabajo. 

Esta situación debe derivar en que el solicitante sufra una disminución de sus facultades o aptitudes para desempeñar su labor, o le imposibilite para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida. 

El beneficio puede ser provisional, por un periodo de hasta dos años, o definitiva, lo cual se determinará a través de un dictamen emitido por los servicios de Salud en el Trabajo. 

La pensión provisional se otorgará durante el periodo mencionado, pero los servicios médicos institucionales podrán ordenar revisiones del estado de incapacidad, al igual que el trabajador tendrá el derecho de solicitarlas.

Luego de ese periodo, de ser el caso, se podrá otorgar la pensión de carácter permanente. 

Requisitos para la pensión de Incapacidad Permanente

Para que un trabajador pueda ser acreedor al beneficio que ofrece el IMSS, deberá cubrir los siguientes requisitos:

  • Se encuentre vigente en sus derechos, al declararse el estado de incapacidad. 
  • Que la persona asegurada haya sufrido un riesgo de trabajo ocasionándole incapacidad permanente total o parcial para trabajar. 
  • Que la incapacidad para el trabajo haya sido dictaminada por los servicios de Salud en el Trabajo a través del formato ST-3.

Documentos necesarios

Los siguientes son los documentos de la persona asegurada que se deben de presentar: 

  • Identificación oficial con fotografía y firma.
  • Comprobante de domicilio.
  • Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de internet de la Afore que maneja la cuenta individual o contrato firmado con la Afore.
  • Documento expedido por la institución bancaria a nombre de la persona titular del derecho.
  • Acta de nacimiento.
  • Dictamen de incapacidad permanente o de defunción por riesgo de trabajo ST-3, proporcionado por los servicios de Salud en el Trabajo, que acredite el estado de incapacidad para el trabajo.

En caso de que un familiar sea el beneficiario, estos son los documentos que deben de presentar.

Esposa:

  • Identificación oficial con fotografía y firma.
  • Comprobante de domicilio
  • Acta de nacimiento. 
  • Acta de matrimonio, cuya fecha de expedición no deberá ser mayor a 90 días naturales.

Concubina:

  • Identificación oficial con fotografía y firma.
  • Comprobante de domicilio. 
  • Acta de nacimiento. 
  • Copia certificada de la resolución ejecutoriada emitida por autoridad judicial que pruebe la relación de concubinato entre la persona beneficiaria y la asegurada, por un periodo mínimo de cinco años. O el acta de nacimiento de hijos en común. 

Hijo:

  • Comprobante de domicilio. 
  • Acta de nacimiento.
  • Estudiante de 16 a 25 años. Constancia de estudios emitida por instituciones del Sistema Educativo Nacional. 
  • En caso de incapacidad de hijos mayores de 16 años, presentar el Dictamen de Incapacidad ST6.

Ascendiente, de no existir personas beneficiarias de los puntos anteriores:

  • Identificación oficial con fotografía y firma.
  • Comprobante de domicilio. 
  • Acta de nacimiento.
  • Constancia expedida por los servicios de Afiliación y Vigencia de Derechos o acreditar la dependencia económica con copia certificada de la resolución ejecutoriada emitida por autoridad judicial.

Cuando el solicitante cubra todos los requisitos, debe acudir a firmar la solicitud de pensión de incapacidad permanente en las ventanillas del Control de Prestaciones de la Unidad de Medicina Familiar que le corresponda. Cabe recordar que es un trámite gratuito.