La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le concedió el amparo a una empresa contra el decreto que prohíbe la venta de vapeadores y cigarros electrónicos.
Sin embargo, la resolución de la Segunda Sala solo beneficia a la firma, ya que no se alcanzó la mayoría calificada de cuatro votos para sentar jurisprudencia para que el criterio pudiera ser aplicado por jueces y tribunales del país en los diversos casos que se desahogan.
El ministro Javier Laynez Potisek propuso amparar a la empresa Gastronómica Teopanzolco, dueña del nombre comercial “La Cabrería Grill Pizza”, la cual argumentó que la prohibición para la circulación y comercialización de cigarros electrónicos y dispositivos vaporizadores resulta contrario a su derecho a la libertad de comercio.
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Al respecto, una mayoría de tres ministros consideró que el decreto representa una restricción desproporcionada a la libertad de comercio, además de que evidencia una incoherencia regulatoria.
En su proyecto de resolución, Laynez Potisek destacó que resulta incongruente que las autoridades les den un tratamiento más gravoso a los cigarros electrónicos que a la sustancia que buscan evitar, es decir, el tabaco.
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Puntualizó que la prohibición absoluta para llevar a cabo diversos actos de comercio relacionados con productos resulta contraria a la libertad de comercio, al tiempo en que subrayó que en lugar de optar por la emisión de regulaciones relacionadas con el consumo y la venta de cigarros electrónicos, el Ejecutivo federal optó por la alternativa más gravosa posible, la prohibición absoluta.