La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró constitucional que los particulares sancionados por incumplir con Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, permanezcan inhabilitados mientras no paguen las multas que les hayan sido impuestas.
El proyecto presentado por la Ministra Esquivel Mossa y aprobado por unanimidad de votos, destacó que la sanción de inhabilitación temporal para contratar con el Gobierno Federal busca garantizar la honradez en los procedimientos de contratación, e impedir que los proveedores que infrinjan la ley reincidan en esa conducta en perjuicio del interés público.
Además, enfatizó que la subsistencia de la inhabilitación no coloca al gobernado en un estado de inseguridad jurídica, pues su prolongación depende directamente de la conducta del particular, de manera que, entre más tarde en pagar la multa respectiva, más durará su inhabilitación.