Un juez de distrito frenó por tiempo indefinido la extinción de 13 de los 14 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF), así como la entrega de los 15 mil millones de pesos a la Tesorería de la Federación.
Juan Fernando Luévano Ovalle, titular del Juzgado Décimo Segundo con residencia en Chihuahua, le concedió la suspensión definitiva a los juzgadores federales que impugnaron el decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 224 de la Ley Orgánica del PJF.
El impartidor de justicia explicó que la suspensión definitiva es para el efecto de que la Secretaría Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Tesorería de la Federación se abstengan de cancelar o extinguir los fideicomisos y de transferir los recursos que hay en ellos.
En su resolución argumentó que el legislador puede expedir nuevas disposiciones o leyes que modifiquen hipótesis normativas preexistentes; sin embargo, precisó que queda prohibido aplicar esas nuevas disposiciones, causando un perjuicio a quien hubiera adquirido derechos.
En tanto, el Segundo Tribunal Colegiado en materias Penal y Administrativa con residencia en Chihuahua, declaró infundado el recurso de queja que interpuso la Cámara de Diputados para impugnar la suspensión provisional que le concedió Luévano Ovalle a los juzgadores federales.
En su escrito, el subdirector de Amparos argumentó que los impartidores de justicia carecen de interés legítimo, ya que no acreditaron ser beneficiarios de todos y cada uno de los fideicomisos y solo tratan de controvertir una norma de carácter general que no se impugna a través del juicio de amparo indirecto
No obstante, los magistrados señalaron que no es necesario que acrediten ser beneficiarios, ya que del decreto sí les genera un perjuicio con la sola entrada en vigor.
Al respecto, citaron como ejemplo que derivado de su función para resolver los asuntos de mayor relevancia, incluso relacionados con delitos de delincuencia organizada, los jueces se encuentran expuestos a riesgos en su integridad física, así como la de sus familiares.
Por este motivo, el rubro de apoyo extraordinario tiene como objeto otorgar esa prestación a quienes sufrieron algún atentado que, incluso, pueda en algún momento perder la vida.