Un tribunal federal ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) que decrete, de manera definitiva, el no ejercicio de la acción penal y que archive la carpeta de investigación que inició contra académicos y científicos del entonces Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).
El Primer Tribunal Colegiado en materia Penal ratificó el amparo que se les concedió a José de Jesús Franco López, Julia Tagüeña Parga y Gabriela Dutrénit Bielous, quienes denunciaron que una nueva área de la FGR comenzó a investigarlos, pese a que un juez de control resolvió que no hay delito que perseguir.
Al respecto, el magistrado Juan José Olvera López argumentó que la FGR sigue tratando de “eludir” que este asunto ya es cosa juzgada.
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Ello, al reenviarlo a otra autoridad, al tiempo en el que subrayó que mantener una carpeta de investigación abierta sin justificación, transgrede los derechos de legalidad y de seguridad jurídica.
Cabe recordar que este asunto deriva de la resolución dictada en septiembre de 2021 por Gregorio Salazar Hernández, juez de control del penal del Altiplano, quien rechazó concederle a la FGR 31 órdenes de aprehensión porque determinó que no se configuraban los delitos de peculado, uso ilícito de atribuciones y facultades, recursos de procedencia ilícita y delincuencia organizada.