Un Tribunal Colegiado otorgó un amparo a Emilio Lozoya Austin y ordenó dejar sin efecto la resolución que confirmó la medida cautelar de prisión preventiva justificada que le fue impuesta en el proceso por el caso Odebrecht.
La sentencia no implica la liberación del exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), sino que se analice el caso, toda vez que se vulneraron los principios de congruencia y exhaustividad, ya que se omitió contestar, los agravios que la defensa del quejoso presentó en apelación para tratar de evitar que su cliente no ingresara a prisión.
El Noveno Tribunal Colegiado en materia Penal declaró infundados e inoperantes los argumentos de la Fiscalía General de la República (FGR), la cual impugnó el fallo de la magistrada Gabriela Guadalupe Rodríguez Escobar, quien era titular del Primer Tribunal Unitario en materia Penal, misma que concedió la protección de la justicia a Lozoya Austin para que se analice de nueva cuenta el asunto y se emita un nuevo pronunciamiento.
Este es el único asunto que mantiene a Emilio Lozoya en prisión, donde enfrenta un proceso por los probables delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, cohecho y asociación delictuosa, derivados del caso Odebrecht, ilícitos que no ameritan prisión preventiva oficiosa.