Si eres consumidor de tabaco es importante que sepas que las cajetillas de cigarro ya no serán exhibidas en las tiendas detrás de los mostradores.
Esto porque el decreto en donde se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones para la venta y consumo de tabaco entrará en vigor el próximo 15 de enero.
Lo que supone modificaciones para frenar aún más el tabaquismo en México y que provoca alrededor 49 mil muertes prematuras.
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Significa que el Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco será más riguroso que antes, el cual ya fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
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¡Adiós a las cajetillas pero no a su venta!
¿Qué significa esto? Cuando vayas a un Oxxo o cualquier otra tienda, ya no estarán exhibidas las marcas de cigarrillos, ya que su comercialización será por lista.
Es decir, te presentarán un listado con los productos disponibles (sin logotipos ni marcas) en donde solo vendrá el precio.
Olvídate de echarte una cerveza o café con tu cigarro
Respecto al consumo de tabaco en “áreas para fumar” de los establecimientos, quedará prohibido que estos ofrezcan servicio de alimentos, bebidas, o cualquier otra actividad de entretenimiento o esparcimiento a quienes se encuentren fumando en sus instalaciones.
Lo anterior aplica tanto en bares como en antros, o cualquier otro centro nocturno que ofrezca los servicios que ya se mencionaron.
¡Se amplían los espacios 100% libres de humo de tabaco!
Si aún piensas que porque te encuentras en un lugar abierto ya puedes fumar; las nuevas modificaciones a la Ley General para el Control de Tabaco apuntan lo siguiente:
Tampoco se podrá fumar en mercados, patios, terrazas, balcones, parques de diversiones o lugares donde se congreguen niñas, niños y adolescentes.
Con ello, México sería el quinto país de América Latina en prohibir la exhibición de productos de tabaco como medida de salud pública, de acuerdo con el abogado litigante, Eduardo Carrera.