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TEPJF ordena a la Sala Especializada emitir nueva resolución sobre posibles actos de campaña de Sheinbaum y Ebrard

Para ello se requiere de un análisis contextual y riguroso de los hechos denunciados, tales como el contenido del mensaje y el contexto en el que este se emite, así como el lugar del evento, su difusión, asistentes al mismo, entre otros elementos.

Claudia Sheinbaum y Mario Delgado, durante el mitin de Morena en Torreón, Coahuila, al cual acudieron los candidatos a la gubernatura de este partido que se llevarán a cabo el próximo año. El 26 de junio de 2022.
Claudia Sheinbaum y Mario Delgado, durante el mitin de Morena en Torreón, Coahuila, al cual acudieron los candidatos a la gubernatura de este partido que se llevarán a cabo el próximo año. El 26 de junio de 2022.Créditos: Cuartoscuro
Escrito en NACIONAL el

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución de la Sala Especializada que declaró inexistente la realización de actos anticipados de precampaña y campaña por parte de la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum y del secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard.

Por mayoría de seis votos, los magistrados de la Sala Superior ordenaron a la Sala Regional analizar, de nueva cuenta, si ambos servidores públicos incurrieron en las infracciones denunciadas, para lo cual deberá tomar en cuenta la línea jurisprudencial de los equivalentes funcionales.

Al respecto, la Sala Superior indicó que el elemento subjetivo de los actos anticipados de campaña, consistente en el llamado al voto a favor o en contra de cualquier persona o partido, también implica otras expresiones que funcionalmente equivalgan a un apoyo o rechazo de forma inequívoca hacia una opción electoral.

Para ello se requiere de un análisis contextual y riguroso de los hechos denunciados, tales como el contenido del mensaje y el contexto en el que este se emite, así como el lugar del evento, su difusión, asistentes al mismo, entre otros elementos.

En este caso, la Sala Especializada solo analizó si los hechos denunciados contienen algún llamamiento al voto de forma expresa en favor de los servidores públicos, pero fue omisa en realizarlo desde la perspectiva de los equivalentes funcionales, por lo que también incumplió con analizar íntegramente las demandas.

En la misma sesión, el TEPJF ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) admitir la denuncia que presentó Movimiento Ciudadano en contra de Nora Ruvalcaba Gámez, Julio Menchaca, Américo Villarreal, Mara Lezama Marina Vitela, Salomón Jara, candidatos a diversas gubernaturas por parte de Morena por el uso de propaganda electoral y promoción personalizada del presidente Andrés Manuel López Obrador.