El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nacional (SCJN) declaró procedente la acción de inconstitucionalidad que promovieron Movimiento Ciudadano (MC) y varios legisladores contra la reforma a Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
El Congreso de la Unión había aprobado en abril de este año una reforma a dicha norma, luego de que el Tribunal Electoral le ordenara incorporar a legisladores de Movimiento Ciudadano e independientes a la Comisión Permanente.
El proyecto, elaborado por el ministro Luis María Aguilar que recibió 8 votos a favor y uno en contra de la ministra Yasmín Esquivel, establece que la norma impugnada es “sobre inclusiva”, pues no limita sus alcances lesionando los derechos políticos de los legisladores.
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“El artículo 10 numero 1 inciso H de la Ley General de Sistemas de Impugnación en Materia Electoral es inconstitucional por vulnerar el derecho de tutela judicial efectiva y el orden democrático mexicano, ya que esta norma contiene una prohibición que impide al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ejercer su función de proteger los derechos político-electorales de los parlamentarios”, indicó.
En tanto, el ministro presidente Arturo Zaldívar, aclaró que no todo lo que pasa en el Congreso es competencia del Tribunal Electoral, sin embargo, defendió el proyecto aprobado en la sesión de este lunes.
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“Podemos decir que este precepto es sobre inclusivo porque no distingue que tipo de cuestiones pueden ir al tribunal, simplemente excluye absolutamente todo”, señaló.
A propuesta del ministro Javier Laynez se incluyó un párrafo en donde se aclara que no todos los actos intra parlamentarios pueden ser sujetos de una revisión judicial, aunque si puede hacerse cuando se afectan derechos fundamentales.
Los ministros aclararon que esta resolución tendrá efectos a partir de la notificación que se realice a las instituciones involucradas.