La Sala Superior de Tribunal Electoral confirmó el acuerdo emitido por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE que impuso una amonestación pública a la jefa de gobierno Claudia Sheinbaum y al secretario de gobierno de la Ciudad de México Martí Batres, tras un evento realizado en el monumento a la Revolución el 6 de abril, por vulnerar las normas sobre la consulta de revocación de mandato.
Los magistrados calificaron como infundados los agravios que presentaron ambos funcionarios, quienes no respondieron a los cuestionamientos que hizo el INE respecto a su participación en dicho evento, porque esto significaba aceptar hechos que pudieran representar una sanción.
El proyecto elaborado por Felipe de la Mata fue votado en contra por los magistrados José Luis Vargas y Mónica Soto.
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Al argumentar las razones de su voto José Luis Vargas dijo que no es válido emitir solicitudes de información que puedan generar una autoincriminación.
“Exige que tanto la jefa de gobierno como el resto de los funcionarios involucrados fijen una posición respecto de los hechos, previo a que hayan sido notificados formalmente y esto, a todas luces es una violación al debido proceso”, indicó.
Confirman resolución contra Mario Delgado
En la sesión de este miércoles, los magistrados confirmaron por unanimidad, la resolución de la Sala Especializada por la cual se determinó que los videos publicados en redes sociales de Mario Delgado, líder de Morena, promocionaron indebidamente el proceso de revocación de mandato.
Asimismo, se determinó que el video alojado en las redes sociales de Mario Delgado violentó el interés superior de los menores que fueron utilizados en un promocional de Morena.
Pide a INE investigar queja contra Sheinbaum
La Sala Superior revocó el acuerdo del INE en cual señalaba que no tenía competencia para conocer una queja interpuesta por el PAN contra una candidata a diputada local por Morena y Claudia Sheinbaum por uso indebido de recursos públicos, vulneración al principio de neutralidad y afectación a la equidad en la contienda.
Señaló que el INE es el competente para conocer de la queja, ya que la materia de denuncia es la trasgresión a los principios de imparcialidad y neutralidad contenidos en la Constitución, por la asistencia de la jefa de Gobierno a un evento de campaña de campaña en Quintana Roo.
Candidata de Morena calumnia a oposición
La Sala Superior del TEPJF determinó que la candidata de Morena al gobierno de Aguascalientes Nora Ruvalcaba incurrió en calumnia tras hacer una declaración en contra del PAN y PRD.
El señalamiento de la morenista fue: “Hay cosas que cuando se mezclan son peligrosas como el PRI y el PAN. Separados roban sin control, juntos serán peores”.
Considero que la expresión imputó la comisión de un delito o hecho falso con la intención de impactar negativamente en la candidatura de dichos partidos e incidir negativamente en el voto libre e informado de la ciudadanía.