La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la declaratoria de invalidez del decreto de reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, es para el efecto expulsar del marco normativo todo lo relacionado con el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT).
La ministra Norma Piña explicó que con ello se busca evitar un vacío normativo que afecte la competencia del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
“Y toda vez que en la presente resolución se está declarando la invalidez del sistema normativo introducido por el decreto impugnado y a fin de no generar un vacío normativo que afecte las competencias de este instituto, la invalidez decretada tendrá por efecto expulsar del ordenamiento jurídico la porción normativa referida al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil”.
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Una vez que se declaró la inconstitucionalidad del PANAUT, el pleno de la Corte sobreseyó la controversia constitucional que promovió el IFT para impugnar las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones.