Residencias de día para adultos mayores en el ISSSTE, avalarán diputados federales
La Cámara aprobó reformas a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para definir los albergues como espacios de atención gerontológica integral.
La Cámara de Diputado tiene previsto discutir en el Pleno, reformas en materia de seguridad social con el fin de establecer como prestaciones y servicios sociales de carácter obligatorio en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), residencias de día para adultos mayores.
El dictamen de la Comisión de Seguridad Social al que se le dará trámite de declaratoria de publicidad, para someterlo a discusión y aprobación de inmediato señala que es necesario hacer efectivos los servicios del derecho a la Seguridad Social, a todas las personas, bajo los principios de universalidad y solidaridad.
Recuerda que en diciembre de 2021, la Cámara aprobó reformas a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para definir los albergues como espacios de atención gerontológica integral en modalidad de estancia permanente las 24 horas del día y todos los días del año.
Dichos cambios establecieron que las residencias de día, serán los espacios donde se brindará atención gerontológica integral a las personas adultas mayores en modalidad de estancia temporal, de lunes a viernes.
En función de estas disposiciones se consideró pertinente reconocer el derecho de cuidado de los adultos mayores, estableciendo de manera expresa como parte de las prestaciones y servicios sociales de carácter obligatorio, la existencia de residencias de día para adultos mayores.
Refiere que el ISSSTE ya cuenta con prestaciones obligatorias de programas de servicio y apoyo para la compra de productos básicos y de consumo para el hogar, servicios turísticos, funerarios, y de atención para el bienestar y desarrollo infantil.
En artículos transitorios, las disposiciones señala que entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
No hacen mención alguna a la asignación de recursos extraordinarios para cumplir el propósito de la reforma.