El Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Minera, firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, con el que se oficializa la nacionalización del litio, fue publicado ya en la edición matutina del Diario Oficial de la Federación de este miércoles.
En el Decreto que fue aprobado de manera inmediata por las Cámaras de Diputados y Senadores, se declara de utilidad publica el lirio, por lo que no se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos o autorizaciones en la materia.
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Además considera zonas de reserva minera aquellas en las que haya yacimientos de litio y por tanto, al ser patrimonio de la Nación, su exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento de reserva a favor del pueblo de México.
Con excepción del litio y demás minerales declarados como estratégicos por el Estado, en términos de los artículos 27 y 28 constitucionales, la exploración y explotación de los minerales o sustancias a que se refiere el artículo 4, así como de las salinas formadas directamente por las aguas marinas provenientes de mares actuales, superficial o subterráneamente, de modo natural o artificial, y de las sales y subproductos de éstas, sólo podrá realizarse por personas físicas de nacionalidad mexicana, ejidos y comunidades agrarias, pueblos y comunidades indígenas a que se refiere el artículo 2o. constitucional reconocidos como tales por las Constituciones y Leyes de las Entidades Federativas, y sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, mediante concesiones mineras otorgadas por la Secretaría de Economía a través de un organismo público que se creará para tal fin.