El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró infundado el planteamiento del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre el incumplimiento de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) con relación a la ampliación presupuestal por mil 700 millones de pesos para llevar a cabo el procedimiento de revocación de mandato.
Por unanimidad, la Sala Superior del órgano jurisdiccional aprobó el proyecto del magistrado Felipe Fuentes Barrera, quien determinó que no le asiste la razón al INE, ya que la SHCP cumplió en sus términos lo ordenado en la sentencia principal, puesto que emitió una respuesta a la brevedad, fundada y motivada, sin que este órgano jurisdiccional ordenara conceder la ampliación presupuestal.
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El 20 de diciembre de 2021, la Sala Superior revocó la determinación del INE de posponer el procedimiento de revocación de mandato y le ordenó realizar las adecuaciones necesarias a su presupuesto y, de ser necesario, solicitar a la SHCP las ampliaciones presupuestarias que requiera para el adecuado desarrollo de dicho proceso.
Sobre este último aspecto, la Sala Superior vinculó a la SHCP para que, en caso de que el INE hiciera una solitud de ampliación presupuestaria, diera respuesta a la brevedad de manera fundada y motivada, atendiendo de manera completa la petición.
El pasado 1 de febrero, el INE presentó un escrito en el cual alegó el incumplimiento de la sentencia emitida por el TEPJF, por parte de la SHCP, al determinar incorrectamente que no es viable otorgarle recursos adicionales y porque, en su consideración, la dependencia federal tiene el deber de generar el instrumento legal para hacer efectivo el derecho humano de la ciudadanía de participar en la revocación de mandato, por lo que debe otorgar los recursos solicitados.
Al respecto, la SHCP determinó que no era procedente la solicitud del INE, toda vez que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022 no existe disposición y asignación específica de recursos que permita aumentar su presupuesto.