Gobernación publica sentencia de la CIDH que ordena reabrir el caso Digna Ochoa

El resumen del documento fue publicado en la edición del Diario Oficial de la Federación.

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El Gobierno de México publicó a través de la Subsecretaría que encabeza Alejandro Encinas Rodríguez, la Sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), respecto al caso Digna Ochoa y Placido, en la que se le ordena, entre otras cosas, promover y continuar las investigaciones para determinar las circunstancias de su muerte y en su caso, juzgar y sancionar a quienes resulten responsable de la misma.

El resumen del documento fue publicado en la edición del Diario Oficial de la Federación (DOF) y este fue emitido el pasado 25 de noviembre del 2021 y en el mismo se plasman las irregularidades advertidas en la investigación realizada a causa de la muerte de la activista el 19 de octubre del 2001 entre las que se encuentran la violaciones a sus garantías y protección judicial; a su derecho a realizar una investigación con perspectiva de género; a su integridad personal y a la protección de la honra y dignidad personal, por lo que le otorga responsabilidad internacional a México en este caso.

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La Corte estableció por tanto que el Estado Mexicano debe continuar con las investigaciones, brindar tratamiento medio y/o psicológico, psiquiátrico o psicosocial que requieran más víctimas, es decir, familiares y defensores de derechos humanos que eran amigos y compañeros de la víctima.

Además de publicar esta sentencia, se deberá realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, crear un reconocimiento en materia de defensa de derechos humanos que llevará el nombre "Digna Ochoa y Placido", diseñar e implementar una campaña para reconocer la labor de las defensoras y defensores de derechos humanos.

También se deberá nombrar una calle en Misantla, Veracruz, de donde era originaria, con el nombre de la defensora y en la Ciudad de México, fortalecer el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y pagar las cantidades fijadas en la Sentencia por concepto de indemnización por daño material e inmaterial, costas y gastos, y reintegrar al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos la cantidad erogada durante la tramitación del presente caso, entre otras medidas.