CÁMARA DE DIPUTADOS

Donación obligatoria de órganos, pide otra vez Morena en San Lázaro

Diputado federal de dicho partido propone reformas para crear la figura del “donante potencial obligatorio”.

Alejandro Robles presentó una propuesta de reformas a la Ley General de Salud.
Alejandro Robles presentó una propuesta de reformas a la Ley General de Salud.Créditos: Cuartoscuro
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La bancada de Morena en la Cámara de Diputados lanzó un nuevo intento de implementar en el país la donación obligatoria de órganos, tejidos y células para fines de trasplante.

El diputado Alejandro Robles presentó una propuesta de reformas a la Ley General de Salud que ya fueron turnadas a la Comisión de Salud para su análisis y pretenden implementar la figura de “donante potencial obligatorio”.

Lo anterior, para permitir se disponga “sin mediar voluntad previa”, de sus órganos y tejidos después de su fallecimiento, en la medida en que biológicamente sea posible.

El objetivo central, indica es el de mejorar y preservar la vida de toda aquella persona que requiera un trasplante.

Negativa a la donación automática de órganos, por escrito

Los cambios al artículo 320 de la Ley de Salud, correspondientes al Título Décimo Cuarto, Capítulo II, en materia de donación, trasplantes y pérdida de la vida, indican que las personas que no quieran se disponga libremente de sus órganos y componentes biológicos y no acepten se les catalogue como “donantes potenciales obligados”, deberán declararlo de manera formal.

Lo anterior, a través de un escrito simple, firmado por la persona y dos testigos, o también por medio de una “jurisdicción voluntaria”, un testamento o cualquier otro instrumento público.

El planteamiento no hace referencia alguna a los casos de personas que ya no tengan la capacidad de decidir personalmente sobre el destino final de sus órganos, y tampoco sobre los derechos ni obligaciones en la materia, de los familiares.

Almacenamiento de órganos

La propuesta añade que la autoridad competente se encargará de establecer las condiciones adecuadas para recibir, conservar, organizar, contabilizar y administrar los “componentes biológicos” obtenidos de “donantes potenciales obligatorios”.

También deberán garantizar que se utilizarán para los fines establecidos en la norma, es decir, para trasplantes.

En artículos transitorios, el proyecto sólo indica que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

No establece la asignación de recursos presupuestarios adicionales para que las autoridades de salud garanticen el manejo, cuidado, mantenimiento y disposición adecuadas de los órganos que se obtengan a través de los “donantes potenciales obligados”.