POLÍTICA

Ricardo Monreal presenta bloque de inconstitucionalidades del 'Plan B' de la Reforma Electoral

El coordinador de Morena en el Senado, se reunió con el secretario de Gobernación, Adán Augusto López, con quien revisó el proyecto aprobado en la Cámara de Diputados y turnado a los senadores.

Ricardo Monreal, senador de Morena.
Ricardo Monreal, senador de Morena. Créditos: Cuartoscuro
Escrito en NACIONAL el

El senador Ricardo Monreal, presidente de la Jucopo, informó sobre las inconstitucionalidades presentadas en el llamado Plan B de la Reforma Electoral.

Este lunes, el coordinador de Morena en el Senado, se reunió con el secretario de Gobernación, Adán Augusto López, con quien revisó el proyecto aprobado en la Cámara de Diputados y turnado a los senadores. 

Señaló que en el documento se hallaron 21 bloques de inconstitucionalidades en el proyecto enviado desde San Lázaro. 

Bloque de Inconstitucionalidades del Plan B de la Reforma Electoral 

  1. "Sistema Nacional de Elecciones". Contraviene explícitamente lo dispuesto por el artículo 41 Constitucional, base V, Apartado A. Se mantiene en el libro tercero. Art. 28 Bis en adelante. 
  2. "Limitación material y temporal de las facultades reglamentarias del INE y a la emisión de sentencias del TEPJF. Limitación a la plenitud de jurisdicción del TEPJF en litigios por la elección de dirigentes partidistas y candidatos a cargos de la elección popular. Limitar sanciones a infractores de la Constitución o la legislación electoral. Carece de base constitucional. Se mantiene. 
  3. Obligar al INE a entregar al Congreso propuestas de reforma a leyes electorales. Viola el artículo 71 constitucional. Se eliminó del art. 224 numeral 5. 
  4. Limitar facultades constitucionalmente otorgadas a los OPLES. Viola los artículos 41 y 116. Se mantiene. 
  5. Eliminar las 300 juntas distritales y crear órganos auxiliares temporales. Reformular el procedimiento para designar funcionarios de casilla introduciendo elementos discrecionales. Viola el artículo 41 constitucional. Se mantiene. 
  6. Eliminar la Secretaría Ejecutiva, la Junta General Ejecutiva, la Oficialía Electoral y la Unidad técnica de lo Contencioso Electoral, Viola el artículo 41 constitucional. Se mantiene. 
  7. Crear una Comisión  de Administración, integrada por 5 consejeros electorales con facultades ejecutivas. Viola el artículo 41 constitucional. Se mantiene. 
  8. Modificar en la ley las causas para la pérdida de registro de partidos políticos. Viola los artículos 41 y 116 constitucionales. Se eliminó la incorporación respecto a obtener 3% en la mitad de las entidades federativas, pero se mantiene como causal de pérdida de registro no contar con el nuevo número de afiliados. (0.52 v. 0.26)
  9. Otorgar financiamiento local a partidos nacionales que perdieron registro local. Viola el artículo 116 constitucional. Se eliminó. 
  10. Transferir votos entre partidos mediante candidatura común. Viola el artículo 35 constitucional (jurisprudencia a la acción de inconstitucionalidad 61/2008 de la SCJN). Se eliminó, pero se mantiene la referencia a la candidatura común en LGIPE sin reglamentación en LGPP. 
  11. Duplicar número de afiliados requerido para nuevos partidos. Viola el derecho de asociación. Se mantiene. 
  12. Cambiar la denominación del titular del Poder Ejecutivo Federal. Viola el artículo 80  de la Constitución. Se mantiene y replica en nuevos artículos ej. 329 LGIPE. 
  13. Autogobierno indígena. Viola el artículo 2 de la Constitución. Se eliminó.
  14. Paridad obligatoria para la integración de las Cámaras del Congreso y acciones afirmativas para postular candidatos de grupos vulnerables. La paridad obligatoria viola el artículo 41 constitucional que se refiere a paridad de candidaturas. Las acciones afirmativas carecen de base constitucional y viola el principio de autodeterminación de los partidos políticos. Se eliminó la paridad obligatoria. Se mantienen, con cambios en la redacción las acciones afirmativas para grupos vulnerables; carecen de base constitucional.
  15. Destitución del actual secretario ejecutivo, confirmación del titular del OIC y ratificación de consejeros electorales. Viola el artículo 41 constitucional al violentar la autonomía del INE. Se mantiene. 
  16. Violaciones al procedimiento legislativo

-Sustitución ilegal de la gaceta parlamentaria. 

-Cambios no aprobados pro el pleno (ajustes a reserva sala regional especializada)

  1. Reelección inmediata. Se incluye la obligación de solicitar licencia para postularse y se incorporan requisitos adicionales que no se encuentran en la Constitución. Se incorporó. 
  2. Definición de "votación validad emitida". Se incluye a los candidatos independientes de la deducción de votos, lo que es inconstitucional. Se mantiene.
  3. Eliminación de la Sala Regional Especializada. Al eliminar la sala se crea una sección resolutora de la Sala Superior del TEPJF, la que no está previsto en el art. 99 de la Constitución. Se incluye en el art. 32 de LGIPE que la impresión de papelería electoral se realizará con asistencia de la SEP, lo cual viola la autonomía. Se incorpora. 
  4. Voto por internet en el extranjero. Se prevé que el voto de mexicanos en el extranjero será sólo por internet, lo cual viola el art. 41 constitucional que establece que el sufragio deber ser "libre, secreto y directo". Se incorpora. 
  5. Reformas a la Ley General de Comunicación Social. Las normas previstas son contrarias al artículo 134 Constitucional en materia de propaganda gubernamental y las obligaciones de servidores públicos en materia de imparcialidad en la contienda electoral y de uso de la propaganda gubernamental. En reciente sentencia la SCJN declaró inválido el decreto interpretativo aprobado en Cámara de Diputados con esa misma pretensión.  Se mantiene.

El senador Ricardo Monreal destacó este lunes que el Senado es quien tiene la facultad de realizar los cambios que resulten necesarios.