La Miscelánea fiscal 2022 entregada por el titular de la Secretaría de Hacienda a la Cámara de Diputados, propone aplicar tasa cero de IVA, a los productos de gestión menstrual y también al alimento para mascotas.
El planteamiento sobre productos de higiene menstrual, argumenta que por razones de género, las necesidades sanitarias de las mujeres cuyo ciclo menstrual se repite aproximadamente cada mes, no son iguales a las de los varones.
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Indica que en el mercado, productos sanitarios como toallas, tampones y copas sanitarias para uso menstrual están gravados con 16 por ciento de IVA y ese cobro "tiene una incidencia económica en las mujeres por una condición biológica y natural del género femenino".
Ese impuesto, añade, afecta más la economía de mujeres en pobreza, en especial niñas y adolescentes de zonas marginadas en el país, sin recursos suficientes para comprar los productos sanitarios involucrados, lo que afecta no solo su economía, sino su higiene y salud.
Por ello, indica el texto, el ejecutivo propone cambiar el tratamiento impositivo en cuestión, para que los productos higiénicos asociados a la menstruación "estén sujetos en el IVA a la tasa de 0 por ciento (\u2026) con lo que se espera una disminución del precio de venta de estos productos".
La propuesta del Ejecutivo Federal de modificaciones a la Ley del IVA, también contempla ajustes para establecer expresamente que la enajenación de productos no procesados destinados a la alimentación de mascotas, tendrá tasa cero.
Lo anterior, dado que la ley vigente no distingue la tasa cero aplicable a productos destinados a la alimentación humana, y los alimentos no industrializados para animales o mascotas.
El documento entregado a los diputados federales, explica que, para dar seguridad jurídica en la aplicación del IVA referido, se propone aclarar y establecer por escrito, que la tasa cero "es aplicable tanto a los productos destinados a la alimentación humana como a la de animales, conservando las excepciones" que se establecen en la propia ley.
Las excepciones en la ley, se refieren a alimentos procesados y enlatados para perros o gatos y otro tipo de mascotas, por lo que los ajustes sólo aplicarían a productos naturales y no industrializados, que tanto animales como humanos consumen.