El Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, revocó las suspensiones definitivas que otorgó un juez de distrito a las empresas que impugnaron la Ley de Hidrocarburos.
En mayo de este año, el juez Juan Pablo Gómez Fierro, le concedió la medida cautelar, con efectos generales, a las empresas Servicios Integrales de Almacenamiento y Distribución, NGL Equipments, Process Fuel, y a Tiger Fuel.
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Recurso de revisión
En junio de este año, el Congreso de la Unión, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador y la Secretaría de Energía, interpusieron el recurso de revisión, mismo que fue resuelto este jueves por el Colegiado.
Los magistrados argumentaron que, con su sola entrada en vigor, la norma no puede causar una afectación a las quejosas.
Lo anterior debido a que es necesario que se ejecuten los actos de autoridad que en este caso serían la suspensión de los permisos y la ocupación temporal de las instalaciones.
¿Cuándo entraría en vigor la ley?
A pesar de la resolución del Tribunal, la ley de Hidrocarburos aún no podrá entrar en vigor, ya que se deben resolver en definitiva todos los juicios de amparo que promovieron las empresas.
¿Cuál es la ley de hidrocarburos?
“Plantea que se puedan suspender los permisos expedidos a permisionarios cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, energética o para la economía nacional; además de poder tomar la operación del proyecto en cuestión”.