La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de Yucatán repetir la votación sobre el matrimonio igualitario, misma que se deberá realizar de forma nominal y no por cédulas.
Durante la sesión de este miércoles, la Primera Sala otorgó dos amparos a ciudadanos y asociaciones defensoras de los derechos humanos, que impugnaron la determinación de los diputados locales de votar por cédula.
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Legisladores desechan la iniciativa
En la sesión del 15 julio de 2019, los legisladores desecharon la iniciativa para modificar la constitución estatal, y eliminar la prohibición de los matrimonios entre personas del mismo sexo.
Los quejosos señalaron que el Congreso tomó esta decisión violando su propio reglamento interior, pero también en contra de los principios democráticos que establecen como obligación la transparencia en la actuación de los representantes electos por voto popular.
Votación por cédulas es contraria al “derecho a defender la democracia”
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá señaló que la votación por cédulas es contraria al "derecho a defender la democracia constitucional, como ciudadanos, y organizaciones civiles no gubernamentales defensoras de derechos humanos, sobre quienes descansa la obligación del Estado de garantizar su acceso real y efectivo a espacios deliberativos igualitarios."