En sesión ordinaria del día de hoy, el H. Consejo Técnico del IMSS autorizó como facilidad administrativa prorrogar los plazos de 90 días naturales establecidos en los artículos Quinto, Sexto y Séptimo Transitorios del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B) del artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral" (Decreto en materia de subcontratación laboral; DOF; 23/04/21).
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La autorización del Consejo responde al proceso legislativo en curso en el seno del Congreso en torno a la Iniciativa para reformar el Decreto en materia de subcontratación laboral, con el propósito de ampliar plazos, publicada en la Gaceta LXIV/3SPR-21/119360 del Senado de la República el pasado 21 de julio.
Por lo que al IMSS concierne, los plazos de 90 días naturales establecidos en los artículos Quinto, Sexto y Séptimo Transitorios el Decreto en materia de subcontratación laboral se prorrogan hasta en tanto se apruebe y entre en vigor, por medio de un nuevo decreto que el Ejecutivo Federal emita para tal efecto, la ampliación planteada en dicha iniciativa o aquella que el Congreso de la Unión resuelva aprobar finalmente.
La decisión del Consejo Técnico del IMSS permite salvaguardar derechos de los trabajadores y de sus familias, así como apoyar a patrones o sujetos obligados en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social.