La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la impugnación de Morena que pretendía considerar que cuatro tuits de José Medina Mora y Icaza, presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), constituían calumnia y excedían los límites de la liberta de expresión.
En sesión virtual, los magistrados electorales ratificaron el desechamiento que la Unidad Técnica de lo Contencioso del INE realizó a esta queja de Morena.
El secretario de Acuerdos, Carlos Vargas Baca, leyó el proyecto de la magistrada Janine Otalora y explicó que los tuits denunciados por Morena no son propaganda gubernamental y no podrían considerarse aportaciones en especie de un ente prohibido, como lo es el presidente de Coparmex, en beneficio del PRI, PAN y PRD.
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"Los mensajes denunciados, se advierte, que no pueden considerarse como propaganda electoral porque no hay ningún elemento como una frase o imagen que denote alguna intención o influya en el ánimo de los electores en perjuicio de un partido o candidato, inoperantes porque la responsable si fundó y motivo su acuerdo contrario por lo señalado por el recurrente".
Incluso, señaló que los argumentos de Morena resultaron infundados.
"Morena controvierte el acuerdo al considerar que se trata de mensajes funcionalmente equivalentes, tendentes a descalificar las acciones impulsadas por el gobierno federal emanados de su partido, que en su concepto constituye calumnia en su contra y se traduce en aportaciones en especie de un ente prohibido en beneficio de los Partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional y de la Revolución Democrática, la ponencia propone confirmar el acuerdo controvertido, al resultar infundados e inoperantes los agravios expuestos por el recurrente".
Los magistrados electorales indicaron que de un análisis preliminar de los mensajes denunciados por Morena hacia el titular de la Coparmex no son propaganda electoral.