El Tribual Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, no incurrió en actos de promoción personalizada, ni en uso indebido de recursos públicos con la difusión de spots de su segundo informe de gobiernos en estaciones de radio y televisión de Hidalgo durante la campaña electoral.
La Sala Regional Especializada determinó lo anterior debido a que los promocionales no tenían como finalidad el llamado al voto o de identificación con algún partido político.
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Piden a Sheinbaum sancionar con base en la ley electoral
No obstante, los magistrados ordenaron a la mandataria capitalina sancionar al entonces titular de la Coordinación de Comunicación Ciudadana de la Secretaría de Administración y Finanzas, ya que a pesar de estar prohibido, remitió las órdenes de transmisión a los grupos comerciales con los que tenía contrato, para la difusión de los spots.
Al respecto, el magistrado Luis Espíndola Morales refirió que en este caso, la jefa de Gobierno debe aplicar la sanción con base en la ley electoral.
"El superior jerárquico debe concretarse únicamente a aplicar la sanción, debe aplicar la ley electoral y no la de responsabilidades de servidores públicos. Debe establecer la sanción a partir de los parámetros que esta Sala establezca y desde luego que este parámetro precisa y generaría la certeza a la autoridad que debe imponer la sanción de los límites y alcances de su actuar".
Deben imponer multas
La sentencia de la Sala Especializada también ordena imponer multas, que en su conjunto ascienden a 830 mil pesos, a una veintena de concesionarios que difundieron los mensajes de Sheinbaum Pardo.
También incluye un exhorto a la mandataria capitalina y a los grupos comerciales para que instruyan a las autoridades a su cargo y a las concesionarias a respetar las reglas del informe de labores de los servidores públicos y ajustarse a los límites constitucionales y electorales.