Juez otorga primera suspensión provisional a Ley de Hidrocarburos

Califica de incongruentes los artículos cuarto y sexto transitorios y asegura que la sanción única podría reducir el número de competidores.

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El juez Juan Pablo Gómez Fierro, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, le concedió la primera suspensión provisional contra la Ley de Hidrocarburos a las empresas Grupo Base Energéticos, Pharaoh International Products, Antluc, Distribuidora de Combustibles Mil y a Dalia Pilar Lamarque Picos.

Explicó que la medida cautelar solo deja sin efectos los artículos 57, así como el cuarto y sexto transitorio del decreto publicado el 4 de mayo de este año en el Diario Oficial de la Federación.

 

Al igual que sucedió con la Ley de la Industria Eléctrica, Gómez Fierro le dio efectos generales a la suspensión, ello con el fin de no otorgarles a las quejosas una ventaja competitiva frente a las demás empresas y no ocasionar distorsiones en la industria de hidrocarburos, afectando la competencia y el desarrollo de dicho sector.

El artículo 57 de la Ley de Hidrocarburos faculta al gobierno para llevar a cabo la "ocupación temporal, la intervención o la suspensión" de cualquier permiso, así como a contratar a Petróleos Mexicanos para tomar control de las instalaciones y mantener la operación de las actividades previstas en dicho permiso.

A su vez, los transitorios, permiten a las autoridades revocar los permisos que, al 5 de mayo, no cumplieran los requisitos de almacenamiento de hidrocarburos ordenados por la Secretaría de Energía (Sener), y en general, los que no cumplan cualquier otro requisito.

Al respecto, Gómez Fierro consideró que, de un examen preliminar, estos artículos podrían ser declarados inconstitucionales, por violar los principios de libre concurrencia y competencia previstos por la reforma constitucional en materia energética de 2013.

Del mismo modo, consideró que los artículos transitorios son incongruentes en relación con el título cuarto de la ley impugnada, "porque genera incertidumbre para los permisionarios, pues no tienen certeza de las consecuencias reales que podrían derivar de cualquier incumplimiento en el que incurran".

Agregó que el establecimiento de una sanción única podría reducir el número de participantes en cada una de las cadenas de valor de los mercados de hidrocarburos, lo cual podría tener un impacto negativo para los consumidores finales.

Mencionó que si bien las reformas tienen el propósito de a Pemex, ello no puede ser justificación para desconocer la Constitución, en donde se previó un modelo orientado a garantizar el ingreso de nuevos participantes a fin de propiciar el desarrollo eficiente de los mercados, en beneficio de la población.

A su vez, el juez Rodrigo de la Peza, titular del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, otorgó dos suspensiones provisionales a las empresas Ener-Go Combustibles y Viga Express; sin embargo, el impartidor de justicia no hizo públicos los actos reclamados, ni los efectos de la medida cautelar.