El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) confirmó la validez de la resolución del 29 de octubre de 2014, fecha en la que Petróleos Mexicanos (Pemex) rescindió el contrato que firmó con la empresa Oceanografía para el servicio de transporte, acondicionamiento y recuperación de fluidos durante la perforación, terminación y reparación de pozos
Por mayoría de 10 votos, la Sala Superior del órgano jurisdiccional declaró infundados los argumentos que presentó la compañía propiedad de Amado Yáñez Osuna.
El magistrado Manuel Hallivis Pelayo argumentó que la empresa si fue notificada del inicio del procedimiento administrativo, a través de notario público, al tiempo en el que destacó que el aseguramiento por parte de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) no puede ser considerado como un caso fortuito para el incumplimiento del contrato.
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"El aseguramiento de la empresa actora no puede considerarse como fuerza mayor o caso fortuito, en virtud de que la voluntad de personas ajenas a la relación contractual, en este caso, los directivos de Oceanografía que liga a los contratantes, no son una contingencia que no se pueda resistir, ya que la demandante debió tomar las previsiones correspondientes antes de la investigación que realizó la entonces PGR que posteriormente se materializó en el aseguramiento de la empresa, de ahí que en el presente asunto no se surte el requisito de imprevisibilidad".
Hallivis Pelayo destacó que la empresa tampoco presentó la documentación que acredite que no incurrió en alguna de las causales para rescindir el contrato.