TEPJF prohíbe que en mañaneras se difunda propaganda gubernamental

Magistrados aprobaron 10 criterios para empresas concesionarias, deben abstenerse de difundir informes de labores o promocionales.

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió criterios para los contenidos y transmisión de las conferencias matutinas del presidente, Andrés Manuel López Obrador durante el periodo de campaña electoral, periodo de reflexión y día de los comicios, por lo que prohíbe difundir propaganda gubernamental, con excepción de temas de salud, educación y protección civil.

En sesión virtual, los magistrados resolvieron que los concesionarios no "están obligados a transmitir de manera parcial o completa la conferencia mañanera", pero sí están obligados a garantizar que el contenido "no genere una imagen positiva de un gobierno frente al electorado" y a cumplir con la fecha y la hora de la difusión de los spots que pauta el INE.

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El magistrado Felipe Fuentes, quien presentó el proyecto, indicó que la información que se emita en las conferencias matutinas deberá "tener carácter institucional y abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos constitutivos de propaganda política o electoral, o elementos de promoción personal".

"En cualquier momento de la conferencia incluidas las preguntas y respuestas, los funcionarios públicos deberán de abstenerse de difundir logros de gobierno, obra pública e incluso emitir información dirigida a incidir en preferencias electorales de la ciudadanía como la de valorar positivamente a un gobierno, la información generada durante conferencias organizadas por funcionarios públicos en todo momento deberá tener fines informativos", apuntó.

Los magistrados aprobaron diez criterios para las concesionarias, entre ello está que deben abstenerse de difundir informes de labores o promocionales, o cualquier tipo de propaganda gubernamental.

"No existe obligación de transmitir las conferencias mañaneras del presidente de la República o de cualquier otra autoridad gubernamental de manera parcial o total\u2026 Está prohibida la difusión de promocionales o materiales en los que una funcionaria o funcionario destaque su persona, su imagen, su voz, o sus acciones, salvo los informes de labores\u2026 La neutralidad que deben guardar las concesionarias en la difusión de la comunicación gubernamental es de carácter electoral, lo que implica actitud de imparcialidad, libre de favoritismos", señalaron.

Los magistrados indicaron que en las conferencias mañaneras "se debe evitar el elogio" y valoración positiva a algún gobierno, por lo que la comunicación gubernamental se tiene que conducir "de forma institucional, responsable y razonable", y los funcionarios que participen en ellas "son responsables de los contenidos".