El ex gobernador de Sonora, Guillermo Padrés Elías, denunció el incumplimiento a la sentencia de amparo que se le concedió en el año 2017 contra el auto de formal prisión por los delitos de defraudación fiscal equiparada y operaciones con recursos de procedencia ilícita dentro de la causa penal 55/2016.
Ante ello, el juez Erik Zabalgoitia Novales, titular del Juzgado Décimo Cuarto de Distrito de Amparo en materia Penal, ordenó aperturar el incidente de inejecución de sentencia y turnarlo al Tribunal Colegiado.
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En caso de que los magistrados consideren que el asunto debe remitirse a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los ministros deberán resolver si las autoridades de la Fiscalía General de la República (FGR) deben o no ser separadas del cargo y consignadas ante un juez federal por incurrir en desacato.
"Apertúrese el incidente de inejecución de sentencia y una vez que obren en autos las constancias de notificación, remítase el presente expediente al Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, en turno, para su substanciación. Lo anterior, para que se determine la procedencia de la remisión de los autos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y en ese sentido, se resuelva lo conducente sobre la separación de las autoridades contumaces y su consignación ante el Juez de Distrito que corresponda, por el delito de incumplimiento de sentencias de amparo".
En el 2017, Zabalgoitia Novales amparó a Padrés Elías contra el auto de formal prisión dictado en su contra por los delitos de defraudación fiscal equiparada y operaciones con recursos de procedencia ilícita por 8.8 millones de dólares.
La sentencia fue ratificada por el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal, motivo por el cual el juez Guillermo Francisco Urbina Tanús, titular del Juzgado Décimo Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales con sede en el Reclusorio Oriente, decretó auto de formal libertad a favor del ex mandatario estatal, por no haber elementos para procesarlo por dichos ilícitos, resolución que emitió en 2018.
El juez de amparo detectó que la entonces Procuraduría General de la República (PGR), incurrió en irregularidades porque la averiguación previa consignada no inició de una denuncia presentada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Tanto el juez de amparo como el Tribunal Colegiado coincidieron que la investigación de la PGR carecía de requisitos formales de procedibilidad para acusar al ex mandatario.
Guillermo Padrés aún tiene pendiente un juicio por el presunto delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita por 11 millones 186 mil 895 pesos, el cual se desahoga en el juzgado Séptimo de Distrito de Procesos Penales Federales con residencia en el Estado de México.