La Sala Especial Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación multó con 89 mil 620 pesos a la concesionaria que emitió cortinillas antes de la transmisión de los spots de partidos políticos, al considerar que la leyenda "se transmite por mandato de ley y es gratuito" vulnera el modelo de comunicación política.
En sesión virtual, los magistrados electorales consideraron que las concesionarias que han emitido cortinillas antes de los spots de partidos políticos están "alterando la pauta ordenada por el Instituto Nacional Electoral" y confunden al electorado, porque podría suponerse que son gratuitos cuando la realidad es que están obligados a emitirlos por ley.
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Incluso, los magistrados señalaron que las concesionarias tienen permisos temporales de los espacios en radio y televisión, los cuales le pertenecen al Estado, y la ley obliga a estos entes a difundir los promocionales del gobierno, de partidos y de los órganos electorales.
Además, los magistrados electorales resolvieron que el promocional del PRI denominado "Morena no da una" no acreditó ser un acto anticipado de campaña ni calumnia, sino se trata de un spot de carácter genérico.