El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) anuló la multa de 158.6 millones de pesos e inhabilitación por 10 años para el servicio público que se le impuso el 16 de noviembre de 2018 a Francisco Javier Báez Álvarez, ex director general de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), cuando Rosario Robles era su titular.
Por 7 votos a favor y 4 en contra, la Sala Superior del órgano jurisdiccional declaró fundados los argumentos del ex servidor público, uno de los implicados en la Estafa Maestra y considerado como el brazo derecho de Emilio Zebadúa, ex Oficial Mayor de la Sedesol y Sedatu, ya que hubo una violación al procedimiento administrativo, debido a que se fundó en una ley equivocada.
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El magistrado Alfredo Salgado explicó que la Secretaría de la Función Pública (SFP) tramitó el procedimiento contra Báez Álvarez el 16 de septiembre de 2017, tiempo en el que ya estaba vigente la Ley General de Responsabilidad Administrativas.
"La autoridad actuó con fundamento en una ley que no resultaba aplicable al llevar a cabo el procedimiento de responsabilidades con fundamento en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. También resulta fundado el argumento del actor que sostiene la incompetencia de la autoridad administrativa que emitió la resolución impugnada, toda vez que al haberse sustanciado y resuelto el procedimiento conforme a una legislación abrogada, no se consideró que la autoridad competente para emitir la resolución lo era este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, al final de cuentas, la sanción también puede declararse nula, ya que desde el inicio hay una violación del procedimiento administrativo, toda vez que se fundó en una ley equivocada".
Al hablar en contra del proyecto, la magistrada Zulema Mosri destacó que la SFP actuó contra Francisco Báez como resultado de observaciones de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en la revisión a la Cuenta Pública de 2015, por lo que sí era aplicable la Ley Federal de Responsabilidades.
"De ahí que consideró que sea válido que fue correcto que el Órgano Interno de Control hubiese sustanciado el procedimiento en términos de la Ley Federal y no de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, dado que esta última ley no estaba vigente en el régimen que corresponde a la revisión de la cuenta pública de 2015".
Cabe recordar que en marzo de 2019, un juez federal rechazó vincular a proceso a Báez Álvarez por una acusación de la Fiscalía General de la República, derivada de una presunta contratación indebida de 185 millones de pesos con la Universidad Tecnológica Francisco I. Madero.