La líder de comerciantes ambulantes, Alejandro Barrios Richard, obtuvo una suspensión provisional en contra de la orden de aprehensión que se haya librado en su contra, para lo cual deberá pagar una garantía de 3 mil 500 pesos.
La militante del PRI interpuso su demanda de garantías el 15 de febrero de este año y en ella señaló como autoridad responsable al director de la Unidad de Gestión Judicial número 12, en funciones de Juez de Control y a otros.
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En el caso de que la orden de aprehensión sea por un delito que no prevea la prisión preventiva oficiosa, Barrios Richard no podrá ser privada de su libertad hasta que se notifique a las responsables lo que se resuelva sobre la suspensión definitiva.
La juez María Dolores Núñez Solorio, titular del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en materia Penal, precisó que con la concesión de la medida cautelar no se ocasiona un perjuicio al interés social, ni se contravienen disposiciones de orden público y, por el contrario, en caso de no otorgarse, con la ejecución de los actos se causarían daños y perjuicios de difícil reparación.
No obstante, mencionó que la suspensión no impide que detener a la quejosa en caso de que se le imputen delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa, en este caso deberá quedar a disposición del juzgado de amparo únicamente en lo que se refiere a su libertad en el lugar en que sea recluida, y a disposición del juez de proceso para la continuación de éste.
En el caso de que la orden de aprehensión sea por un delito que no prevea la prisión preventiva oficiosa, Barrios Richard no podrá ser privada de su libertad hasta que se notifique a las responsables lo que se resuelva sobre la suspensión definitiva.