Juez le niega la prisión domiciliaria a Alonso 'A'

El empresario deberá continuar en el Reclusorio Norte, ya que el impartidor de justicia le negó la prisión domiciliaria.

Alonso Ancira, exdueño de Altos Hornos de México / Cuartoscuro
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El juez Antonio González García, titular del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en materia Penal, le concedió la suspensión provisional a Alonso "A" contra la prisión preventiva justificada que se le impuso por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, relacionado con la planta de Agronitrogenados.

Son embargo, el empresario deberá continuar en el Reclusorio Norte, ya que el impartidor de justicia le negó la prisión domiciliaria, ya que con ello se estarían dando efectos restitutorios, los cuales, en términos del artículo 77 de la Ley de Amparo, son propios del fondo de la sentencia que se dicte en el juicio de amparo y no del incidente de suspensión.

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El juez González García explicó que la medida cautelar es para el efecto de que el ex dueño de Altos Hornos de México (AHMSA) quede a disposición del juzgado de amparo por cuanto hace a su libertad personal en el lugar en que deba estar interno y a disposición del juez que conozca de su proceso penal, para su continuación, lo anterior hasta que se notifique la resolución sobre la suspensión definitiva.

Agregó que esta determinación no constituye la concesión del amparo, sino solo una medida provisional, la cual debe ser acatada por las autoridades responsables, apercibidas que, de no cumplir, se les impondrá una multa de cincuenta Unidades de Medida y Actualización, equivalentes a 4 mil 481 pesos.

Como parte de este juicio de amparo, el juzgador le concedió a Alonso "A" la suspensión de plano para el efecto de que las autoridades del Reclusorio Norte, bajo su más estricta responsabilidad, garanticen y presten de manera inmediata la atención médica que necesite y se le suministren los medicamentos que correspondan.

Del mismo modo, las autoridades penitenciarias deberán tomar todas las prevenciones, acciones y medidas pertinentes para controlar y/o evitar que el empresario se contagie con Covid-19, por lo cual deben actuar bajo su más estricta responsabilidad e informar las medidas de seguridad implementadas para preservar la salud del justiciable y, en consecuencia, su vida.