Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) proponen confirmar la resolución del Instituto Nacional Electoral (INE) por la que se declaró la pérdida de registro de los partidos Redes Sociales Progresistas (RSP) y Encuentro Solidario (PES) al no alcanzar el 3 por ciento de la votación durante los comicios de este año.
Se prevé que los proyectos del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón y de la magistrada Janine Otálora Malassis, sean discutidos y en su caso aprobados por el pleno de la Sala Superior la próxima semana.
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Para el caso de RSP, Reyes Mondragón argumenta que la determinación del INE está apegada a derecho, además de que el instituto político no demostró cómo es que su registro tardío y la supuesta presencia de violencia durante el desarrollo del proceso incidió en el incumplimiento del umbral del 3 por ciento necesario para que un partido político conserve su registro.
Por su parte, Otálora Malassis califica de inoperantes e infundados los argumentos del PES que señaló que hechos como el registro tardío, la intromisión del Poder Ejecutivo federal, los llamados influencers y la violencia que se registra en el país impactaron en su porcentaje de votación.
Al respecto, puntualiza que el partido político no presentó argumentos tendentes a evidenciar porque, contrario a lo sostenido por el INE, sí ofreció pruebas para acreditar que la existencia de hechos violentos generó un impacto negativo directamente en las campañas realizadas.
En su proyecto, la magistrada señala que el PES debió acreditar que existieron hechos de violencia que llevaron a la mayoría de la ciudadanía a abstenerse de emitir su voto o, en su caso, que como consecuencia del acto de violencia la ciudadanía hubiera emitido su voto en otro sentido.