Un juzgado federal ordenó a la federación modificar la política de vacuna para niños contra la Covid-19, ello con el fin de inmunizar a los menores de 12 a 17 años, sin importar su condición de salud, para lo cual contará con un plazo de 48 horas, contadas a partir de la notificación.
El órgano jurisdiccional resolvió que concedió la suspensión provisional a José Luis Sánchez Blancas y Elizabeth Jiménez Raya, padres de la menor H.J,S.J.
*Información relacionada: ¿Pastillas contra Covid-19?
Los padres reclamaron la omisión del presidente Andrés Manuel López Obrador, y del secretario de Salud, Jorge Alcocer Varela, de autorizar la vacunación contra el virus SARS-COV-2 para adolescentes de 12 a 18 años, lo que vulnera el derecho a la salud.
¿Cuándo vacunarán a menores?
De acuerdo con el fallo, los menores deben ser vacunados en el periodo que comprende de julio de 2021 a marzo de 2022.
Claudia Gámez Galindo, secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito, en funciones de juez, otorgó la medida cautelar con efectos generales, al argumentar que es obligación del Estado mexicano salvaguardar el derecho a la salud.
Estado debe garantizar el derecho a la salud
Asimismo, Gámez Galindo advirtió que el desabasto de la vacuna Pfizer no puede considerarse una justificación para no cumplir con la suspensión.
Agregó que la menor quejosa se encuentra en un alto riesgo de contagio ante la variante del virus SARS-COV2 denominada "Delta", la cual se caracteriza por tener una mayor transmisibilidad y por afectar también a grupos poblacionales más jóvenes incluyendo adolescentes y niños en proporciones más elevadas que las otras variantes.
La juzgadora recordó que, de acuerdo con datos del INEGI, durante el 2020, fallecieron mil 413 personas de menos de un año y hasta los 24 años, a causa del virus Covid-19.
¿Regreso a clases seguro?
Del mismo modo, mencionó que el regreso voluntario a las aulas "no puede considerarse como un parámetro que justifique que se continúe excluyendo de la política nacional de vacunación contra el virus SARS-COV-2, a menores de dieciocho años.
Al respecto, destacó que la movilidad de los menores que acudan de manera presencial a las aulas se puede presentar de diversas formas (a pie, en transporte particular, público, escolar, etcétera), lo que implica que en su mayoría tengan contacto con personas de diversas edades.
Lo anterior que, explicó, no es indicativo o sinónimo de inmunidad ante el virus, lo que incrementa el riesgo de contagio para los infantes y adolescentes, que al no estar inoculados pone el riesgo su salud hasta el grado de perder la vida y por ello el juez pide la vacuna para niños.