La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral para que se dejara de transmitir el promocional de Morena titulado "Campaña Covid", en el cual señala que "fue tiempo cedido por ese partido para el cuidado de la salud", pero al INE no le han entregado documento alguna para que renuncien a la pauta de radio y televisión.
En sesión privada, los magistrados electorales consideraron que es procedente la medida cautelar de suspender el spot porque "Morena no siguió el camino legal marcado por el Consejo General del INE para los partidos que renuncien a sus tiempos en radio y televisión, lo cual debieron notificar por escrito para que la Secretaría de Gobernación remitiera los promocionales para atender la emergencia sanitaria, cuyo contenido se limitaría a identificar el nombre de la institución de salud correspondiente".
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Los magistrados desestimaron los alegatos de Morena, y argumentaron que la difusión del spot "Campaña Covid puede afectar el principio constitucional de certeza, al generar una perspectiva equivocada en la ciudadanía y la prerrogativa debe ser ejercida clara y directamente por los partidos políticos sin que se genere confusión o duda de que el mensaje pudiera ser emitido por algún ente diverso a ellos".
El 21 de enero, el PRD denunció a Morena por la transmisión de ese promocional en televisión y radio "por la supuesta actualización de actos anticipados de campaña y uso indebido de la pauta", un día después el INE consideró que procedía la medida cautelar de suspensión, pero Morena impugno la resolución.