Tribunales revocan orden de juez para que 2 particulares fueran vacunados

Los magistrados consideraron fundados los recursos de queja que interpuso la Secretaría de Salud contra la determinación de un juez.

CAMPECHE, CAMPECHE, 13ENERO2021.- En el segundo día de vacunación contra el COVID-19, el IMSS habilitó un módulo más en el Hospital General de la Zona No.1 que concentra al mayor número de personal de salud que se desempeña en la primera línea de atención a pacientes del SARS-CoV-2.  La aplicación en todo el estado se desarrolla bajo el protocolo interinstitucional y medidas de seguridad sanitaria.  FOTO: MICHAEL BALAM/CUARTOSCURO.COM
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Los tribunales colegiados Primero y Vigesimotercero en materia administrativa revocaron las suspensiones que le concedió un juez de distrito a dos particulares para que se les aplique la vacuna contra la Covid-19 y para que el Gobierno federal emita un programa de vacunación.

Los magistrados consideraron fundados los recursos de queja que interpuso la Secretaría de Salud para impugnar las suspensiones que otorgó el juez Martín Santos Pérez, titular del Juzgado Octavo de Distrito en materia Administrativa, a María Estela Alvarado y a Manuel Silva Vega.

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En los últimos días el impartidor de justicia ha concedido cerca de 15 medidas cautelares, al argumentar que la estrategia de vacunación contra el coronavirus es simplista, ya que no toma en cuenta los padecimientos de las personas.

No obstante, el Primer Tribunal argumentó que "resulta improcedente el otorgamiento de la suspensión en los términos solicitados por la quejosa, pues ello se traduciría en una variación en la ejecución de la política nacional de vacunación, pues se obligaría a la autoridad a que modifique o paralice los esquemas previamente establecidos para vacunar a las personas que acudan al juicio de amparo”.

Agregaron que al otorgar la medida cautelar en los términos solicitados, se afectaría el interés que tiene toda la sociedad de que primero sea vacunado el personal de salud que atienden directamente a la población contagiada, quienes además corren un peligro inminente y cierto de contraer el virus.

Los magistrados señalaron que "las acciones para prevenir y disminuir la transmisión del virus no recae exclusivamente en las autoridades, a través de programas como el relativo a la vacunación de la población, sino también de los gobernados, quienes tienen la responsabilidad de atender las medidas de mitigación al efecto recomendadas, como son, no salir de casa si no es necesario, evitar lugares con aglomeración de personas, utilizar el cubre bocas, medidas de higiene, entre otras".