CNDH impugna ante la SCJN la Ley Garrote de Querétaro

La CNDH reiteró que no debe utilizarse el derecho penal como parte de las políticas públicas de salud, sino que debe privilegiarse el uso de otras medidas más efectivas y menos represoras.

La CNDH ante la SCJN argumentó que dichas modificaciones prevén delitos y sanciones que carecen de la precisión necesaria / Foto: Cuartoscuro
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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad para impugnar las reformas al Código Penal de Querétaro, conocidas como Ley Garrote, con las que se busca evitar la propagación de la Covid-19.

El organismo argumentó que dichas modificaciones prevén delitos y sanciones que, en esencia, carecen de la precisión necesaria o resultan en una afectación excesiva y desproporcionada de la libertad y el patrimonio de las personas, ya que violan los principios de legalidad, taxatividad, seguridad jurídica y de uso mínimo de las medidas punitivas del Estado.

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Agregó que aumentar las penas privativas de la libertad no constituye la política criminal más adecuada, pues ello no garantiza una disminución de los delitos, por el contrario, afecta el tejido social y satura el sistema penitenciario. El uso de sanciones penales, como las impugnadas, para hacer frente a la contingencia, criminalizan una enfermedad y tienen efectos desproporcionales sobre grupos excluidos y vulnerables.

La CNDH reiteró que no debe utilizarse el derecho penal como parte de las políticas públicas de salud, sino que debe privilegiarse el uso de otras medidas más efectivas y menos represoras.

Asimismo, impugnó las normas que sancionan las conductas que procuren impedir la ejecución de una obra o trabajo públicos, así como aquellas que consisten en la difusión de saqueos, daños o robos a establecimientos mercantiles, al ser susceptibles de transgredir los derechos de libertad de expresión y manifestación, ya que al criminalizar estas conductas generan que las personas prefieran no ejercer de manera legítima estas libertades.