El juez Francisco Javier Rebolledo Peña, titular del Juzgado Sexto de Distrito en materia Administrativa, desechó el juicio de amparo que promovió Alonso Ancira Elizondo contra los señalamientos que el presidente Andrés Manuel López Obrador en la conferencia de prensa del 11 de diciembre de 2020 sobre el proceso de extradición.
El impartidor de justicia argumentó que el acto reclamado de ninguna manera implica una afectación real y directa en contra del empresario, esto es, no le causa una afectación directa en su esfera de derechos, ni le causa perjuicio alguno, dado que "son meras manifestaciones genéricas" de la autoridad responsable en las que no vierte juicio alguno.
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Ante ello, el empresario ya interpuso un recurso de queja, el cual deberá resolver un tribunal colegiado.
En su demanda de garantías, la cual presentó el 28 de diciembre de 2012, Ancira Elizondo señaló que con sus comentarios, López Obrador transgredió el principio de presunción de inocencia, además de que impactó la imparcialidad judicial.
Sin embargo, el juez Rebolledo Peña puntualizó que los comentarios del titular del Poder Ejecutivo no se traducen en una afectación o menoscabo al patrimonio jurídico de Alonso Ancira, pues se trata de la expresión de la autoridad responsable, en la cual no reconoce culpabilidad de delito alguno, además de que tampoco sostiene una opinión en la cual se transgreda el honor, fama o actuar del quejoso.
Agregó que López Obrador, quien en uso de los medios informativos, expresó su opinión respecto de la extradición; sin embargo, no fue concluyente en la respuesta, y no emitió juicio de valor alguno, pues se limitó a responder de manera genérica lo que conoce del trámite del proceso de extradición respectivo.