El juez Martín Adolfo Santos Pérez, titular del Juzgado Octavo de Distrito en materia Administrativa, afirmó que la estrategia de vacunación contra la Covid-19 elaborada por el gobierno de México, no es acorde con el documento denominado “Orientaciones para la planificación de la introducción de la vacuna contra la Covid-19”, emitido por la Organización Panamericana de la Salud (OPS); toda vez que de manera simplista se definieron las etapas de vacunación tomando en cuenta, para la primera etapa, únicamente los trabajadores de la salud y la edad de la población mexicana.
Información relacionada: De enero a abril 15 millones de abuelitos serán vacunados contra Covid
El impartidor de justicia refirió que las autoridades federales pasaron por alto, de conformidad con el documento la OPS, que se debe dar prioridad, además de los trabajadores de la salud y personas de edad avanzada, a los grupos de mayor riesgo como personas con enfermedades crónicas; lo cual, es fundamental para reducir la morbilidad severa y la mortalidad asociada a la Covid.
De igual manera, para efectos de las etapas subsecuentes, el gobierno federal se limitó a establecer un calendario, únicamente tomando en cuenta la edad de la población y la adquisición de la vacuna de PfizerBioNTech, al ser la primera en lograr la autorización sanitaria correspondiente; sin embargo, no consideró para efectos de la estrategia de vacunación la situación epidemiológica del país como las regiones con mayor densidad de población y mayor índice de contagios, como la Ciudad de México.
Además, no precisó las acciones que realiza actualmente en materia de autorización sanitaria y adquisición de las diversas vacunas contra el coronavirus que existen en el mercado, lo que resulta indispensable para agilizar la estrategia de vacunación y con ello reducir el impacto de la enfermedad en la salud, economía y la sociedad.
Ante ello, el juez Santos Pérez concedió la suspensión de plano a Manuel Silva Vega para el efecto de que la autoridad responsable emita un programa de vacunación en contra de la Covid en el que atienda a cabalidad el documento de la OPS y para que conforme a dicho programa de vacunación, le aplique al quejoso la vacuna contra la Covid, en el momento en que le corresponda, esto es, debiendo priorizar en todo momento a los trabajadores de salud y de otros servicios esenciales establecidos en el país; y, los grupos de mayor riesgo identificados según la situación epidemiológica nacional, es decir, adultos mayores y personas con enfermedades crónicas, así como también aquellas pertenecientes a las regiones con mayor densidad poblacional y con mayor riesgo de contagio.
Para la elaboración de la estrategia de vacunación se deberá emplear y precisar las fuentes de información utilizadas para el cálculo de la población en riesgo, por ejemplo, censos nacionales, planes nacionales para la vacunación de influenza estacional que incluyan diferentes grupos de riesgo, nóminas del personal de salud del sector público y privado, encuestas de prevalencia de enfermedades crónicas, semáforos epidemiológicos nacionales y estatales.
De igual manera, deberá precisar las acciones inmediatas que actualmente se encuentra realizando en materia de autorización sanitaria y adquisición de las diversas vacunas que en contra del coronavirus.
Con base en la situación epidemiológica del país, así como de la disponibilidad de las vacunas en contra del virus, el gobierno federal deberá actualizar permanentemente el programa nacional de vacunación correspondiente, particularmente, el calendario establecido para tales efectos.
Al respecto, el impartidor de justicia afirmó que resulta relevante destacar que la importancia de mantener informada a la población de la estrategia de vacunación radica en que ésta se encuentre en aptitud de conocer la fecha estimada en que se le podrá aplicar la vacuna y, mientras ello no ocurra, tomen las medidas preventivas necesarias para evitar el contagio, como son el uso correcto del cubrebocas, guardar sana distancia, lavado de manos continuo y correcto, quedarse en casa, entre otras.