Ordena Juez que autoridades atiendan pandemia en lengua indígena

La jueza decretó que las acciones que habían llevado a cabo las autoridades involucradas, eran insuficientes para garantizar el derecho a la salud.

Jesús Gutiérrez Valencia y Wilfrido Hernández, miembros de la Comisión Ejecutiva de la CNPA MN / Especial
Escrito en NACIONAL el

La Coordinadora Nacional Plan de Ayala, Movimiento Nacional (CNPA- MN) sostuvo que los indígenas siguen excluidos de sus derechos para conocer en su lengua madre las medidas preventivas y sanitarias por el Coronavirus, por lo que una Juez Federal ordenó al Ejecutivo federal, consensar con las comunidades indígenas, las medidas de difusión que puedan tutelar de manera efectiva su derecho a la salud.

En este mandato federal están involucrados también el gobernador de Chiapas, Rutilo Escandón y el secretario de Salud, Jorge Alcocer, por lo que a través de una mesa de diálogo con resolutivos concretos donde deberán participar representantes de las comunidades tsotsil, tseltal chol y zoque, deberán garantizar el derecho a la salud de los indígenas en materia de prevención, contención y combate del virus.

Información relacionada: Difundirá Protección Civil mensajes en lenguas indígenas

Jesús Gutiérrez Valencia y Wilfrido Hernández, miembros de la Comisión Ejecutiva de la CNPA MN informaron que el 12 de agosto pasado, Julissa González Rojas, Jueza Quinto de Distrito con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, resolvió el amparo 329/2020, considerado como un acto inédito.

Jesús Gutiérrez Valencia y Wilfrido Hernández, miembros de la Comisión Ejecutiva de la CNPA MN / Especial

 

"Determina que el Presidente de la República, el Gobernador del Estado de Chiapas, así como el Secretario de Salud Federal violaron derechos de dichas comunidades indígenas tsotsil, tseltal chol y zoque", puntualizó.

En la sentencia la juez subrayó: "que sólo estableciendo una interpretación culturalmente sensible con los usos y costumbres de quienes se autoadscriben como indígenas tsetsales, tsotsiles, zoques y choles es posible garantizar de modo efectivo sus derechos eliminando el trato discriminatorio que subyace a dicha minoría\u2026" "\u2026por lo que le corresponde al Estado garantizar el derecho a la salud de los pueblos indígenas en su modalidad de acceso a la información relativa a la prevención, contención y combate del virus Covid-19".

Precisaron que conforme a la Ley de Amparo, la jueza sólo podrá tener por cumplida la sentencia, cuando las autoridades acrediten fehacientemente que han realizado las acciones que les fueron ordenadas.

Dejaron en claro que si bien los involucrados pueden impugnar la sentencia de amparo, "sería poco ético de su parte ya que sólo demoraría su cumplimiento, exponiendo irresponsablemente la vida de miles de indígenas", por lo que hicieron un llamado a las citadas autoridades, para que de inmediato convoque a Sebastiana López Díaz, Pedro López Gómez, Tomás Cruz Altunar y Lorenzo Vázquez López, a sus representantes y a las comunidades y pueblos indígenas tsotsil, tzeltal, chol y zoque a consensar las medidas de información.

Señalaron que la jueza decretó que las acciones que habían llevado a cabo las autoridades involucradas, eran insuficientes para garantizar el derecho a la salud, ya que no demostraron que la información que difundieron a través de internet, televisión y radio fue divulgada conforme a las especificidades culturales de dichos pueblos y tampoco acreditaron que los medios a través de los cuales se difundió la información, sean de efectivo acceso a las comunidades indígenas.