Para agilizar trámites que se realicen en juzgados y salas en materias Civil y Familiar, los procedimientos se podrán sustanciar con firma electrónica, sello electrónico y documentos electrónicos, los que tendrán el mismo efecto legal que los documentos físicos y la firma autógrafa.
El Tribunal Superior de Justicia capitalino informó que estas acciones se suman a la puesta en marcha, a partir de esta semana, del servicio gratuito de mediación y facilitación en las materias Civil-Mercantil, Familiar, Penal y de Justicia para Adolescentes, también enmarcadas para atender las necesidades de la ciudadanía.
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Lo anterior ante la vigente suspensión de labores y de términos procesales en el órgano judicial capitalino con motivo de la pandemia de Covid-19.
Respecto a la firma, sello y documentos electrónicos, el Consejo de la Judicatura emitió los lineamientos correspondientes en los que se señala como firmas válidas aceptadas por el Poder Judicial local la firma, que es aquella certificada por el Servicio de Administración Tributaria, así como la FIREL, es decir, la certificada por el Poder Judicial de la Federación, cualquiera de estas equivale a una firma autógrafa.
En relación al documento electrónico, definió que es todo aquel generado, consultado, modificado o procesado por medios electrónicos, en tanto que el sello electrónico, son los datos de la misma naturaleza que garantizan la identificación, identidad y autenticación de una firma o documento electrónico con su signatario.
Asimismo, precisó que servidores públicos y usuarios de los servicios de la justicia están facultados para hacer uso de estas herramientas electrónicas, así como los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, autoridad federal, estatal, municipal, personas físicas o morales que, sin ser parte en un procedimiento judicial, respondan o emitan alguna solicitud a sala o juzgado de las materias referidas.
Precisó en los lineamientos que el expediente físico deberá seguirse integrando en juzgados y salas civiles y familiares con las respectivas promociones, actuaciones y resoluciones que sean de naturaleza física,.
En casos caso de aquellas de carácter electrónico se integrarán con su reproducción impresa, la cual llevará la leyenda "firmado electrónicamente", en el orden histórico correspondiente.
Es importante resaltar que estas son herramientas electrónicas adicionales y opcionales para el justiciable, quien está en libertad de decidir si desea hacerlo de forma electrónica o física.
Por otra parte, el CJCDMX detalló que los documentos electrónicos dirigidos a salas o juzgados serán presentados en la Oficina Virtual en Materia Civil y Familiar de la Oficialía de Partes Común.
Estas herramientas de carácter electrónico ya pueden ser utilizadas y surtirán efectos a partir del próximo 3 de agosto, fecha en que está prevista la reanudación de labores y términos procesales con motivo del Plan de Contingencia para el Poder Judicial de la Ciudad de México.