La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió la suspensión a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) en contra del acuerdo de la Secretaría de Energía (Sener) por el que se emite la Política de Confiablidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2020.
El Alto Tribunal precisó que la medida cautelar surtirá efectos sin necesidad de otorgar garantía y sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse por algún hecho superveniente.
Del mismo modo, la Corte admitió a trámite la controversia constitucional que interpuso la Cofece para impugnar el acuerdo de la Sener, al argumentar que violenta los principios fundamentales de competencia y libre concurrencia ordenados en la Constitución Política, de modo que afecta su mandato constitucional e invade su esfera competencial.
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El órgano regulador señaló que el acuerdo afecta de manera grave la estructura económica del sector de electricidad, ya que elimina la posibilidad de que este opere en condiciones de competencia y eficiencia, así como en los términos dispuestos en el conjunto del marco normativo vigente del país para este sector.
Agregó que la política impugnada compromete tanto el acceso abierto y no discriminatorio a las redes de transmisión y distribución, como el criterio de despacho económico que rige la operación del mercado eléctrico mayorista; asimismo, otorga ventajas en favor de ciertos participantes y disminuye la capacidad de competir de otros, sacrifica la eficiencia y establece barreras a la entrada en la generación eléctrica.