La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó un amparo que un juez de distrito le había concedido a un particular para el consumo lúdico de la cocaína; sin embargo, la Primera Sala ya no se pronunció sobre la prohibición absoluta del consumo de esta droga.
Gerardo Álvarez García y Julio Salazar Ramírez presentaron sus escritos de desistimiento ante los respectivos juzgados de Distrito, por lo que la Corte ya no podrá analizar si su criterio favorable al consumo recreativo de la marihuana, puede ser aplicado a drogas más duras como la cocaína.
Ante ello, los integrantes de la Primera Sala ya no discutieron los proyectos del ministro Jorge Pardo Rebolledo en los que proponía negar los amparos, al argumentar que "atendiendo a los elevados riesgos que la cocaína representa para la salud y la sociedad, no es posible partir del hecho de que sólo porque este Alto Tribunal garantizó el uso recreativo del cannabis, deberá en consecuencia asegurar en similares condiciones el acceso a drogas más duras, peligrosas y altamente adictivas como la cocaína".
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Gerardo Álvarez y Julio Salazar siguieron la misma estrategia de quienes ganaron los amparos para la marihuana, es decir, pidieron los permisos administrativos a la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), la cual se los negó, generando con ello el acto de autoridad que permitió impugnar varios artículos de la Ley General de Salud.
En primera instancia, un juez había negado uno de los amparos, pero en el otro, el juzgador declaró inconstitucional la prohibición absoluta, porque no todo consumidor es farmacodependiente, y es posible un consumo lúdico moderado de la cocaína.