La Comisión Federal de Competencia Económica, interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación al estimar que la Política de confiabilidad, seguridad, continuidad y calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (Política), emitida por la Secretaría de Energía en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de mayo de 2020, violenta los principios fundamentales de competencia y libre concurrencia ordenados en la Constitución, de modo que afecta su mandato constitucional e invade su esfera competencial.
En un comunicado la COFECE argumentó que el instrumento publicado en el DOF afecta de manera grave la estructura económica del sector de electricidad, ya que elimina la posibilidad de que este opere en condiciones de competencia y eficiencia, así como en los términos dispuestos en el conjunto del marco normativo vigente del país para este sector.
Información relacionada: Sener impugna freno a acuerdo sobre sistema eléctrico
Indicó que por ello la Política impugnada compromete tanto el acceso abierto y no discriminatorio a las redes de transmisión y distribución (insumo indispensable en esta industria), como el criterio de despacho económico que rige la operación del mercado eléctrico mayorista; asimismo, otorga ventajas en favor de ciertos participantes y disminuye la capacidad de competir de otros, sacrifica la eficiencia y establece barreras a la entrada en la generación eléctrica.
El organismo antimonopolios señaló que la Política es contraria al contenido de los artículos 16, 28 y 133 constitucionales, así como a las leyes aplicables en materia de electricidad, los cuales en conjunto establecen un régimen de competencia en la generación y suministro de electricidad.
Agregó que a juicio de esta autoridad, esa política incide de manera grave y trascendente en su esfera de actuación, al impedirle promover y proteger la competencia y libre concurrencia en el mercado eléctrico, ya que con la entrada en vigor de la Política dejan de existir los elementos básicos para que este funcione en condiciones de competencia.