En la Cámara de Diputados, legisladoras de todas las fracciones parlamentarias, excepto del Partid Acción Nacional (PAN), solicitaron a la comisión Permanente del Congreso, exhortar a los gobernadores de todos los estados, para que ordenen el indulto a mujeres encarceladas, y que por razones humanitarias cumplan los criterios previstos en tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos.
Enfatizaron que en el contexto de la emergencia nacional por coronavirus, y en atención a demandas de la ciudadanía, es posible poner en marcha la Ley de Amnistía que entró en vigor hace aproximadamente dos semanas; y es momento de emitir los ordenamientos afines que permitan a las mujeres presas cumplir sus penas de manera alternativa.
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El beneficio debe otorgarse, demandaron, a mujeres con hijos menores de edad que se encuentren en prisión, mujeres embarazadas, con dependientes económicos, primo delincuentes, mayores de 65 años, y que no portaban armas al cometer el delito.
Pidieron que los gobernadores de todos los estados apliquen las Reglas para el Tratamiento de las Reclusas y Medidas no Privativas de la Libertad para las Mujeres Delincuentes, o Reglas de Bangkok, las cuales promueven el respeto a los derechos de las mujeres presas y sus hijos.
Dichas disposiciones indican que se deberán plantear alternativas a la medida cautelar de prisión preventiva y a la condena, en particular para mujeres delincuentes, tomando en cuenta el panorama de victimización que sufren y sus responsabilidades de cuidados de otras personas.
Recomiendan ejercer medidas que no impliquen privación de la libertad, sino permanecer en albergues a cargo de organizaciones no gubernamentales, independientes u otros servicios comunitarios.
Los juzgados, apuntaron, deberán valorar distintas atenuantes al tratar sus casos; y cuando sea posible y apropiado, imponer penas no privativas de libertad a mujeres embarazadas y con niños a su cargo.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) señaló que a finales de 2017, había en México 10 mil mujeres privadas de la libertad en condiciones irregulares, ya que en el país solo existen 17 penales femeniles, recodaron.
Según el Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales, en 218 había 181 mil 999 presos en distintos centros de reclusión, de los cuáles cerca del 95 por ciento son varones, y alrededor del 5 por ciento, mujeres.
En un acuerdo que será presentado en la sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, las congresistas recordaron que el pasado 22 de abril, el Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Ley de Amnistía, la cual debe favorecer a personas contra las que se haya ejecutado acción penal, si no son reincidentes.
Aplicará, enfatizaron, a mujeres encarceladas por aborto, en los términos del Código Penal Federal; por homicidio por razón de parentesco y durante el embarazo; por delitos contra la salud cometidos por personas en pobreza, en extrema situación de vulnerabilidad, discapacidad permanente, por indicación del cónyuge, concubinario, concubina, pareja sentimental, parientes o por temor fundado, obligado por grupos de la delincuencia organizada, y personas de origen indígena.
La norma va dirigida a personas indígenas sujetas a un proceso judicial irregular; a quienes haya cometido robo simpe y sin violencia y la pena imputada no pase de cuatro años; por sedición o razones políticas siempre y cuando no se trate de terrorismo y los hecho no hayan producido la pérdida de la vida, lesiones graves a otras personas y no se hayan utilizado armas de fuego.