El Instituto Nacional de Migración (INM), deberá liberar de manera inmediata a personas adultas mayores, menores y adolescentes o pertenecientes a grupos en situación de riesgo frente al Covid-19, esto por una orden dictada por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México.
La resolución fue obtenida como una medida de suspensión de plano, después de que la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), presentara un amparo en contra del INM por no adoptar e implementar protocolos adecuados de atención al interior de las estaciones migratorias y estancias provisionales frente a la pandemia de Covid-19.
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Entre las medidas que ordenó el juzgado adoptar al INM en más 33 estaciones migratorias y 10 estancias provisionales en todo el país se encuentran además la regularización migratoria temporal y acceso a servicios de salud y programas sociales para las personas migrantes; la realización de exámenes de salud a las personas que permanezcan en las estaciones migratorias; así como garantizarles el acceso a suministros básicos de higiene personal, agua potable, alimentos sanos, nutritivos y adecuados.
"Esta resolución judicial representa un logro extraordinario en la defensa de los derechos humanos, por reconocer que el INM al tener bajo su responsabilidad directa a las personas migrantes privadas de libertad, tiene la obligación de garantizar el acceso a condiciones de estancia dignas y que sus derechos fundamentales sean respetados sin discriminación alguna", señala la Comisión.