Ante la emergencia sanitaria por el COVID-19; la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió al Congreso de la Unión una nueva prórroga para dictaminar la legislación relativa a la regulación de la marihuana con fines lúdicos y de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
El Alto Tribunal aprobó lo anterior durante la sesión privada que se realizó este viernes, resolución que ya fue notificada a la presidenta del Senado de la República, Mónica Fernández Balboa.
En el oficio, el secretario general de Acuerdos del Alto Tribunal, Rafael Coello Cetina, informa a la legisladora que para ambos asuntos, la nueva prórroga vence el último día del periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión que comprende del 1 de septiembre al 15 de diciembre del 2020.
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Cabe recordar que para el caso de la cannabis, el 31 de octubre de 2018 la SCJN emitió la declaratoria de inconstitucionalidad 1/2018 en la que ordenó a los legisladores eliminar de la Ley General de Salud los artículos 235, párrafo último; 237, 245, fracción I, 247, párrafo último y 248 que prohíben el uso lúdico de la mariguana, al considerarlo violatorios del derecho al libre desarrollo de la personalidad. En ese entonces, los ministros dieron un plazo que comprendía del 20 de febrero al 31 de octubre de 2019.
Tras la petición que le formularon los legisladores, la Corte concedió el 29 de octubre del 2019 una primer prorroga al Congreso de la Unión para dar cumplimiento a la sentencia, dicho plazo vencía el 30 de abril de este año.
Respecto a la Ley de Remuneraciones, en diciembre de 2019, la Corte aprobó la petición de la presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara Baja, Laura Rojas, para extender el plazo de cumplimiento de la sentencia dictada al resolver las acciones de inconstitucionalidad 105 y 108 de 2018 que promovieron la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y legisladores de oposición. Para este caso, el plazo también vencía el 30 de abril de este año.
El 20 de mayo del 2019, la SCJN invalidó las porciones normativas de los artículos 6 y 7 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos que establecían de forma discrecional el salario del presidente de la República, por lo que ordenó al Congreso de la Unión fijar reglas claras.