El Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (CJCDMX) ordenó que los juzgados familiares de proceso escrito en turno, durante la actual contingencia por el Covid-19, reciban demandas o solicitudes en casos en los que se argumente violencia contra la mujer, adolescentes, niñas y niños, así como comparecencias en materia de alimentos.
Precisó que dichas demandas o solicitudes deberán ser relativas a actos prejudiciales relativos a la separación provisional de cónyuges, separación cautelar de personas, así como guarda y custodia provisional de menores de edad.
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Asimismo, demandas de juicios de alimentos y asuntos relativos al régimen de visitas y convivencias, en casos en que por urgencia sea necesario; todo ello, en pro del interés superior del menor y en aras de evitar un peligro derivado de violencia familiar, con el fin de proteger la integridad física y psicológica de los hijos.
Lo anterior, sin menoscabo de las suspensiones al agresor del régimen de visitas y convivencias, en concordancia con las disposiciones contenidas en la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México.
El CJCDMX detalló que dichas demandas y solicitudes deberán recibirse de 9:00 a 15:00 horas, únicamente por el tiempo de vigencia de la contingencia, en el entendido de que cuando ésta concluya las mismas deberán remitirse a la Oficialía de Partes Común, Cuantía Menor, Oralidad, Familiar y Sección Salas.
Mencionó que el juzgado en turno inmediatamente proveerá lo correspondiente a las medidas urgentes, cautelares o provisionales necesarias, y que, respecto al acuerdo sobre la admisibilidad o no de la demanda, éste se emitirá hasta que concluya la contingencia.